BUENOS AIRES, 31 de marzo de 2026 – En un fallo de enorme relevancia para la protección de los derechos de los trabajadores, la Justicia Nacional del Trabajo hizo lugar a la medida cautelar innovativa planteada por la Confederación General del Trabajo (CGT RA), suspendiendo la vigencia de los artículos de la Ley 27.802 que modificaban de forma regresiva la Ley de Contrato de Trabajo.
Un Triunfo de la Unidad Sindical La resolución, firmada el 30 de marzo de 2026, paraliza la aplicación de más de 30 artículos que afectaban núcleos sensibles del derecho laboral. Esta decisión judicial valida la postura que la FAPJRA y el Frente de Sindicatos Unidos (FreSU) han sostenido: la reforma planteada vulnera principios constitucionales y derechos adquiridos de los trabajadores jerárquicos, profesionales y técnicos.
Puntos Suspendidos por la Justicia: El fallo suspende la vigencia de artículos fundamentales que impactaban en:
- Indemnizaciones y Despidos: Protegiendo la estabilidad del trabajador frente a modificaciones arbitrarias.
- Jornada Laboral y Horas Extras: Evitando la flexibilización desregulada que afectaba la salud y el descanso.
- Derecho de Huelga y Acción Sindical: Resguardando las herramientas de lucha ante intentos de limitación.
- Modificaciones a la Ley 20.744: Manteniendo la ultraactividad y los principios protectores de la Ley de Contrato de Trabajo original.
Implicancias para los Jerárquicos Para los asociados de la FAPJRA, este fallo significa una tregua legal necesaria. La justicia ha entendido que esperar a una sentencia definitiva podría causar «daños irreversibles» en el tejido social y laboral. Esta cautelar permite que, mientras se discute el fondo de la cuestión, las condiciones de trabajo se mantengan bajo el amparo de la ley previa.
«Este fallo no es el final de la lucha, pero es un reconocimiento judicial a la legitimidad de nuestro reclamo. Desde la FAPJRA seguiremos en alerta, ahora con este respaldo legal que fortalece nuestra posición en el FreSU», expresaron las autoridades de la Federación.



